Competencia de Alegatos Laborales en Córdoba: Universidad Kennedy y Universidad Blas Pascal

Unidades Académicas
Ciencias Jurídicas
7 noviembre, 2025

En el marco de las actividades de formación práctica profesional de la carrera de Abogacía, estudiantes de nuestra Facultad participaron junto a pares de la Universidad Blas Pascal de una competencia de alegatos orales en materia laboral. Esta práctica se considera el pináculo de la formación procesal, al trasladar el conocimiento teórico al campo de la persuasión efectiva y la litigación en tiempo real.

Se alegó en un expediente en el que la empresa demandada planteó la excepción de incompetencia territorial, lo que generó un intenso debate procesal sobre la interpretación del artículo 9 del Código Procesal de Córdoba, Ley 7987; artículo que faculta al trabajador a optar por la competencia territorial del lugar de ejecución del trabajo, el lugar de celebración del contrato, el domicilio del trabajador o el domicilio del demandado.

El equipo de nuestra Universidad analizó y calificó como fraudulenta la maniobra procesal de los apoderados del trabajador, quienes intentaron forzar la competencia en la ciudad de Córdoba capital, pese a que la planta industrial de la empresa y el lugar donde se celebró y ejecutó el contrato fue en la localidad de Río Tercero y el actor no probó domicilio en capital antes de iniciar la acción. Nuestra estudiante Damaris Sarmiento sostuvo que se intentó, mediante un planteo artificioso, alterar la competencia territorial, configurando un claro abuso del derecho procesal y una violación al principio de buena fe que debe regir toda actuación judicial. Advirtió, además, que, decidir lo contrario vulneraría el principio de juez natural y afectaría la integridad del sistema procesal. En esa línea, instó al Tribunal a ejercer un control objetivo y desapasionado, aplicando de manera estricta la ley.

En cuanto al fondo de la cuestión, el trabajador perseguía la reinstalación por discriminación gremial invocando la ley 23.592 frente a un despido sin causa. La postura de la defensa, sostenida por nuestra estudiante Laura Castro, se estructuró sobre dos ejes: la legalidad del acto extintivo y la ausencia de prueba del móvil discriminatorio. El debate distinguió con precisión las figuras del despido sin causa (lícito pero indemnizable) y del despido discriminatorio (ilícito y pasible de nulidad), dando cuenta de su rigor analítico y precisión jurídica. Laura instó al Tribunal a basarse pura y exclusivamente en las pruebas ofrecidas y producidas en el expediente y a evitar caer en dogmatismos. Concluyó enfatizando que “sería un deshonor de la ley que los jueces cerraran sus ojos ante una conducta fraudulenta y permitieran que ésta triunfara” rememorando la nota de Vélez Sarsfield al art. 3136 del Código Civil.

Los cuatro estudiantes presentaron sus alegatos orales ante un tribunal de lujo integrado por los jueces de Conciliación y Trabajo Mario José Miranda (3ra. Nominación) y Pablo Martín Pecchio (4ta. Nominación), ambos en la Primera Circunscripción Judicial con sede en la ciudad de Córdoba y ante el Juez Federico Guillermo Provensale, Vocal de Cámara de Trabajo (Sala 3) de Córdoba. Estudiantes de ambas Universidades pudieron seguir la audiencia en forma presencial o remota.

Luego de la escucha atenta, los tres magistrados hicieron sus devoluciones a cada estudiante, un momento clave de la formación. El Juez Miranda focalizó su devolución en la estructura del expediente -el principal y eventuales incidentes- y la importancia del correcto manejo de las pruebas en ambos. El Juez Pecchio enfatizó claves en el uso del tiempo y la estructura organizativa de las ideas fuerzas seguidas de un importante remate, destacando que el alegato debe ser un ejercicio de síntesis y claridad, donde cada minuto cuenta para generar convicción en el juez. El Juez Provensale focalizó su devolución en la retórica de Aristóteles, dejando en los estudiantes la profunda enseñanza de que el abogado debe dominar los tres pilares de la persuasión: el logos (argumentación lógica y legal), el pathos (la capacidad de generar una conexión emocional justificada con el caso) y el ethos (la construcción de credibilidad y autoridad ante el tribunal).

Finalmente, los magistrados compartieron con los estudiantes la sentencia recaída en esos actuados que tramitaron en Córdoba Capital y jurisprudencia del Tribunal Superior de dicha provincia, permitiendo la confrontación directa entre la teoría defendida y el criterio judicial aplicado, un paso fundamental para la comprensión del derecho vivo.

La actividad tuvo lugar en el campus de la Universidad Blas Pascal, donde los estudiantes pusieron a prueba su capacidad argumentativa y su formación procesal. La experiencia buscó que los estudiantes aprovechen el espacio de importante práctica profesional que logra integrar el razonamiento jurídico con la práctica procesal en un ambiente de alta exigencia, preparándolos no solo para saber qué decir, sino para saber cómo, cuándo y ante quién decirlo.

Presenciamos la actividad junto a nuestro Prof. Germán Kraan y, por parte de la Universidad Blas Pascal, estuvieron presentes la Prof. Claudia Medina, quien por segundo año consecutivo escoge minuciosamente los expedientes; el Prof. Ignacio Esteban, el Director de la Carrera de Abogacía, Dr. Tomás Guillermo Rueda y la Rectora Mgter. Teresa Olivi quien nos dio la bienvenida y destacó la importancia de la actividad.

Nos llena de orgullo reconocer a Laura y Damaris por su excelente desempeño, destacado también por los magistrados presentes. Al enfrentar esta práctica profesional ante jueces laborales de la provincia, demostraron no solo solidez técnica y claridad argumental, sino también pasión, ética y verdadera vocación por el Derecho.

Laura y Damaris representan el espíritu de nuestra formación: excelencia, compromiso y vocación. Sus actuaciones constituyen una experiencia formativa ejemplar que inspira a toda la comunidad estudiantil.

Dra. Paula Sardegna
Decana
Facultad de Ciencias Jurídicas