Protocolo de acción institucional para la prevención e intervención ante situaciones de violencia o discriminación por razones de género, orientación sexual, clase, etnia, religión, nacionalidad, edad y/o cualquier otro hecho

Comunidad Kennedy
Noticias
14 julio, 2021
Protocolo de acción institucional para la prevención e intervención ante situaciones de violencia o discriminación por razones de género, orientación sexual, clase, etnia, religión, nacionalidad, edad y/o cualquier otro hecho

 

La Rectora de la Universidad Dra. María del Carmen Magariños, a través de la Resolución Rectoral N° 027/2021 resuelve aprobar el Protocolo de acción institucional para la prevención e intervención ante situaciones de violencia o discriminación por razones de género, orientación sexual, clase, etnia, religión, nacionalidad, edad y/o cualquier otro hecho discriminatorio de la Universidad Argentina John F. Kennedy, que como Anexo forma parte de dicha resolución.

El mencionado protocolo rige las relaciones laborales y/o educativas que se desarrollen en el marco de cualquier dependencia y espacios virtuales de la Universidad Argentina John F. Kennedy. Asimismo, comprende las actividades realizadas en dependencias externas a la Universidad, en cumplimiento de tareas designadas por la Universidad.

Esta decisión se toma en el marco de las siguientes consideraciones:

  • Que la sociedad se enriquece al reconocer su pluralidad y al promover prácticas más justas y respetuosas de la diversidad que necesariamente la constituye.
  • Que las prácticas discriminatorias no se derivan ni se explican por las características de la persona o grupo vulnerado, sino que responden a un conjunto de prejuicios y estereotipos que producen, justifican y/o reproducen relaciones sociales desiguales.
  • Que la violencia o discriminación basada en el género, la orientación sexual, la clase, la etnia, la religión, la nacionalidad o la edad representa un problema social y estructural que atraviesa la vida de las personas en diferentes circunstancias y ámbitos de la vida social.
  • Que estas conductas y acciones lesivas de Derechos Humanos han sido visibilizadas por la comunidad internacional y los Estados, y han tenido recepción normativa.
  • Que, en consecuencia, se han dictado diversas normas, de rango nacional y supranacional, que sancionan la violencia y la discriminación basada en el género, la orientación sexual, la clase, la etnia, la religión, la nacionalidad o la edad y obligan a las instituciones a diseñar e implementar estrategias para su eliminación.
  • Que la violencia de género es aquella agresión que reproduce la subordinación social de las mujeres y de otros grupos sexuados en el orden de género, afectando así tanto a mujeres como a varones.
  • Que las personas que han elegido una identidad de género distinta a la que les fue asignada al momento de su nacimiento, o bien que expresan una elección sexual distinta a la heterosexual, sufren diversas formas de discriminación y violencia muchas veces invisibilizada y, por tanto, ven vulnerados sus derechos.
  • Que uno de los objetivos de la Universidad Argentina John F. Kennedy, tal como lo establece su Estatuto, es el ejercicio y la consolidación de los valores humanos y el respeto por la dignidad humana, y que para que ello se produzca es necesario que esta Casa de Estudios sea un espacio libre de violencia y discriminación contra las personas.
  • Que la Universidad Argentina John F. Kennedy sostiene el compromiso inclaudicable de no tolerar acciones de violencia y/o discriminación de ninguna especie, y reconoce la necesidad de prevenir estas situaciones y erradicarlas cuando aparezcan, de forma que se preserve la dignidad y los derechos fundamentales de las personas que integran la comunidad universitaria.

Universidad Argentina John F. Kennedy