En el marco del programa institucional “Juez por un Día”, impulsado por nuestra Facultad para fortalecer el vínculo entre la formación académica y la práctica judicial, se desarrolló una jornada académica dedicada a explorar los alcances del Juicio por Jurados en el proceso penal argentino.
En esta oportunidad, la profesora Paula Barros invitó al Juez Martín Javier Pizzolo, titular del Tribunal en lo Criminal N.º 1 del Departamento Judicial Avellaneda-Lanús, a compartir su experiencia directa con este modelo de enjuiciamiento con sus estudiantes.
Una jornada profundamente formativa, en la que se abordaron tanto los aspectos normativos del juicio por jurados como sus dimensiones prácticas, estratégicas y éticas. Con un tono accesible pero riguroso, el Juez Pizzolo puso especial énfasis en una etapa muchas veces subestimada, aunque decisiva: la selección del jurado.
Lejos de los estereotipos cinematográficos y las imágenes dramatizadas que predominan en la cultura audiovisual, el juez aclaró que el modelo argentino de juicio por jurados difiere sustancialmente del sistema estadounidense. No obstante, comparte con él una convicción fundamental: que sean ciudadanos comunes quienes juzguen los hechos en casos penales graves. En Argentina, cuando son convocados para integrar un jurado, comienza el proceso de conformación del tribunal popular.
Durante la audiencia de selección -conocida técnicamente como voir dire-, tanto la defensa como la fiscalía pueden formular recusaciones, con o sin causa. Estas no permiten “elegir” al jurado en sentido estricto, como ocurre en el sistema norteamericano, pero sí ofrecen a las partes la posibilidad de excluir a aquellas personas que, por sus respuestas o antecedentes, podrían comprometer la imparcialidad. Por ello, el Juez Pizzolo conceptualiza esta etapa como un “proceso de des-elección”:
“En el juicio por jurados en Argentina no se elige quién va a juzgar, pero sí se puede identificar a quienes no deberían hacerlo”.
Desde su experiencia, esta etapa constituye una bisagra silenciosa, en la que se define buena parte del equilibrio posterior del debate oral.
“Un ciudadano que ya tiene una condena moral en su cabeza, o que no puede abstraerse de una experiencia personal, no debería integrar el jurado. Y es tarea de las partes advertirlo a tiempo”.
Más allá de lo procedimental, el juez invitado abordó también el juicio por jurados como una herramienta que interpela tanto a los operadores jurídicos como a la ciudadanía. La participación de ciudadanos no versados en Derecho exige a los jueces y abogados una renovada capacidad de comunicación: ya no se trata de argumentar ante colegas especializados, sino de construir sentido ante personas de muy diversas trayectorias personales, familiares, laborales, educativas, de género y etarias, por solo señalar las más relevantes.
Este tipo de juzgamiento obliga, por tanto, a repensar las formas tradicionales de argumentación jurídica, orientándolas hacia un lenguaje más accesible y una lógica narrativa capaz de conectar con la experiencia común. En este marco, la elección del jurado deja de ser una formalidad para convertirse en un punto de cruce entre el expediente y la vida real, entre la ley escrita y su comprensión social.
La exposición también incluyó datos estadísticos de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires desde la implementación del juicio por jurados hasta la actualidad. El Juez Pizzolo presentó estadísticas departamentales, confirmando que no existe una correlación directa entre la cantidad de juicios por jurado realizados y el número de habitantes o delitos cometidos en cada departamento judicial. Además, expuso información diferenciada por tipo penal, junto con datos relevantes sobre causas canceladas por conversión en juicios abreviados y sobre el costo estimado de cada juicio por jurados.
Un aspecto especialmente interesante fue la reflexión en torno a la percepción social de determinados delitos y su incidencia en la decisión de las partes de optar o no por un juicio por jurados, así como la importancia de la planificación y la estrategia en estas audiencias y nos acercó experiencias novedosas producidas en casos que tramitaron ante su Tribunal.
Respondió con generosidad las preguntas de los estudiantes, ofreciendo explicaciones precisas y ejemplos concretos que enriquecieron aún más el intercambio.
Como cierre de su presentación, el magistrado recordó una célebre defensa del juicio por jurados escrita por G. K. Chesterton en su ensayo “Doce hombres” (1909), afirmando:
“Nuestra civilización ha decidido, y muy justamente decidido, que determinar la inocencia o culpabilidad de alguien es un asunto demasiado trascendental como para confiárselo a los profesionales. Si se desea iluminar un asunto tan terrible, convoca a hombres de la calle tan ignorantes del Derecho como yo mismo, pero capaces de sentir lo que yo sentí en el estrado del jurado.”
La jornada dejó una impresión profunda entre los estudiantes presentes -René Angulo, Jorge Bilesio, María Victoria Cali, Nadie Denise Figueroa, Emilio García Lorenzana, Beatriz Goyzueta, Valentina Lyardet, Yanet Miño y Azul Quillón- quienes accedieron a una experiencia formativa que combinó el conocimiento técnico de una institución procesal actual con una mirada renovada del derecho penal, centrada en la claridad, la comunicación y la participación ciudadana contada por un protagonista: el Juez Martín Javier Pizzolo.
Dra. Paula Sardegna
Decana de la Facultad de Ciencias Jurídicas
Universidad Argentina John F. Kennedy