La explotación laboral de niños, niñas y adolescentes es una violación de los derechos humanos

Ciencias Psicológicas
Comunidad Kennedy
Noticias
12 junio, 2021

La explotación laboral de niños, niñas y adolescentes es una violación de los derechos humanos.

Los derechos humanos alcanzan a todas las personas por el solo hecho de ser humanos; sin distinción de sexo, raza, edad, religión, partido político o condición social, cultural o económica. Están contemplados en la Constitución Nacional y en distintos compromisos internacionales asumidos por la República Argentina.

En el mundo, uno de cada diez niños y niñas está en situación de explotación laboral.

Cada 12 de junio, gobiernos, instituciones educativas, organizaciones de la sociedad civil y medios de comunicación social unen sus esfuerzos para renovar la campaña contra la explotación laboral de niños, niñas y adolescentes.

En el año 2002, la Organización Internacional del Trabajo instituyó la fecha 12 de junio para poner en relieve la grave situación de niños, niñas y adolescentes y concentrar la atención en las medidas para erradicar la explotación laboral. El trabajo que puede perjudicar la salud o el bienestar de ellos, o ponerlos en peligro es una de las peores formas de explotación laboral, de acuerdo con la agenda propuesta por la Organización Internacional del Trabajo para erradicar el trabajo infantil en Argentina y en el mundo.

El próximo 12 de junio es declarado por la OIT como el “Día Mundial Contra el Trabajo Infantil”.

El lema del año 2021 es: ¡Actuar ahora: poner fin al trabajo infantil!

Un compromiso global

El 25 de septiembre de 2015, los líderes mundiales adoptaron 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) para erradicar la pobreza, proteger el planeta y asegurar la prosperidad para todos como parte de una nueva agenda de desarrollo sostenible. Cada objetivo tiene metas específicas que deben alcanzarse antes de 2030. La Asamblea General de Naciones Unidas declaró el año 2021 como “Año Internacional para la Eliminación del Trabajo Infantil” dentro de la Agenda 2030.

La meta 8.7 exige el fin de la explotación laboral de niños, niñas y adolescentes en todas sus formas: “Adoptar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso, poner fin a las formas contemporáneas de esclavitud y la trata de personas y asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, incluidos el reclutamiento y la utilización de niños soldados, y poner fin al trabajo infantil en todas sus formas”.

Situación en Argentina

La Ley N°26.390 prohíbe, en Argentina, el trabajo para quienes tengan menos de 16 años y penaliza, con hasta cuatro años de cárcel, a los empleadores que se aprovechan económicamente (explotación) del trabajo de niños, niñas y adolescentes.

Por otra parte, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social mantiene vigente el Plan Nacional para la prevención y erradicación del trabajo infantil y protección adolescente, una Guía basada en ejes estratégicos que permitan abordar, monitorear y evaluar acciones concretas que garantizan el cumplimiento de los derechos de la infancia. Cuenta, además, con el asesoramiento técnico de la oficina de la OIT en Buenos Aires y de UNICEF Argentina.

Nuestro compromiso desde la Universidad John F. Kennedy: erradicar la explotación laboral de niños, niñas y adolescentes devolviéndoles una infancia llena de salud, amor y educación.

Lic. Marcelo Della Mora

Periodista feminista de la RIPVG

Psicólogo infantojuvenil de la IAAH

Coordinador Académico de las prácticas profesionales supervisadas -Facultad de Ciencias Psicológicas

Universidad John F. Kennedy.

 

Fuentes:
Della Mora, M.; González, M. & Aragón, R. (2021). Niñeces en Clave de Derechos. En: Cortesi, M. C. Enfoques sobre salud, bioética y derecho. Buenos Aires: Editorial Visión Jurídica. https://endchildlabour2021.org/es https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/economic-growth http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/140000-144999/141792/norma.htm https://www.ilo.org/buenosaires/publicaciones/trabajo-infantil/WCMS_71808